Micelio
Auto20 de mayo de 2026

A-629/26 de 2026

Ponente Carlos Camargo Assis

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre la Superintendencia de Sociedades, el Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito de Pasto y el Juzgado 005 Civil del Circuito de la misma ciudad, causado por una ciudadana, contra la empresa Ariana Art S.A.S. y un ciudadano, para que se declare la nulidad de un acto inscrito en la Cámara de Comercio.

Verificado el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena indica que con la demanda se pretende cuestionar la legalidad de un acto de registro efectuado por la Cámara de Comercio, pues la controversia tiene origen en el acto de inscripción de una situación de control en el registro mercantil, mediante la cual el demandado presuntamente se atribuyó una participación accionaria mayoritaria en la sociedad.

Más allá de las circunstancias que dieron lugar a dicha inscripción, la pretensión principal de la demanda se dirige a obtener la nulidad de dicho registro, por lo que el objeto del litigio no recae en una controversia societaria interna, sino que versa sobre un acto que produce efectos jurídicos frente a terceros, lo que le confiere naturaleza administrativa a la luz del artículo 104 del CPACA, de conocimiento de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

En ese contexto, la controversia no corresponde a ninguno de los supuestos previstos en el numeral 5 del artículo 24 del CGP, sobre conflictos societarios cuyo conocimiento ha sido atribuido a la SuperSociedades en ejercicio de funciones jurisdiccionales, porque no se pretende dirimir o controvertir decisiones de los órganos sociales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.